El Seguro Ambiental Obligatorio (SAO), una herramienta de gestión ambiental.

Desde octubre del año 2008 está disponible en el mercado de seguros, una póliza cuya cobertura permite que los sujetos alcanzados por la ley que fija la política ambiental en la Argentina (n° 25675) y la normativa reglamentaria vigentes, cumplan con la obligación de garantizar el financiamiento de la recomposición del daño ambiental que eventualmente ocasionaran a bienes de “incidencia colectiva”, estos es, al agua y la tierra. La Ley citada es de alcance nacional y establece presupuestos mínimos para su cumplimiento. Por Jorge E. Furlan. Presidente de la Cámara Argentina de Aseguradoras de Riesgo Ambiental (CAARA)

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