¿Licencia remunerada en el trabajo por la muerte de mascotas?

Esta semana, la secretaría general de la Cámara de Representantes de Colombia ratifió el proyecto de ley para implementar un “luto animal” que reconozca “el valor que tiene el vínculo sentimental entre humanos y animales domésticos de compañía”. De ser aprobada, la norma obligaría a los empleadores a conceder dos días de licencia paga a los trabajadores que sufran un fallecimiento entre sus animales domésticos.
La iniciativa fue presentada por el liberal Alejandro Carlos Chacón y su colega Carlos Ardila, y ya tiene el apoyo de varios partidos animalistas colombianos. El proyecto de ley consta de cuatro artículos entre los que se incluyen modificaciones y adiciones a fragmentos del Código Sustantivo del Trabajo colombiano con el fin de establecer las obligaciones de empleadores y trabajadores para el total cumplimiento de la ley.
Según explicita el documento, la ley de “luto animal” reconoce que la pérdida de un animal de compañía puede generar “una afectación emocional considerable” en el trabajador: “Los animales que forman parte de las familias son seres amados e integrantes protagónicos de los núcleos familiares. En la actualidad, seis de cada diez hogares cuentan con animales de compañía”, añade el decreto, citando el relevo realizado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística sobre los hogares colombianos.
¿Cómo funcionaría el Luto Animal?
Sobre la implementación de la ley, el documento nombra responsabilidades por parte del empleado y el empleador por igual. Entre las obligaciones de los trabajadores, se establece que estos deberían informar de forma escrita a su empleador sobre la presencia del animal de compañía dentro de su núcleo familiar, y suministrar el carnet de vacunación de la mascota al iniciar el contrato laboral.
El “luto animal” no aplicaría en el caso de animales exóticos o silvestres.
Al momento de un fallecimiento, el trabajador deberá presentar prueba documental de la muerte de la mascota para recibir el permiso laboral. El documento también explicita la creación de sanciones en caso de que el trabajador mienta sobre el fallecimiento de su mascota o presente certificaciones falsas de la muerte.
Por otra parte, los empleadores estarían en la obligación de otorgar dos días hábiles de licencia remunerada sin importar “su modalidad de contratación o de vinculación laboral”, a menos que el trabajador no cumpla con los requisitos propuestos por la norma. Otra de las salvedades incluye a los animales de fauna silvestre y exótica, que no entrarían dentro de esta propuesta.
¿Cuándo entraría en vigencia?
El proyecto de “luto animal” fue presentado el 24 de agosto, y fue radicado este jueves. Para conseguir su aprobación, la iniciativa deberá superar cuatro instancias de debate entre el Senado y la Cámara de Representantes colombiana para así convertirse en ley. Es seguro suponer que este proceso llevará tiempo. Por lo pronto, iniciará su trámite y discusión para primer debate en la comisión séptima de la Cámara.

Fuente: Iara Galindo - www.cronica.com.ar

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